CASINOS, BINGOS Y "JOGO DO BICHO"

Brasil: Estiman que la legalización del juego físico podría generar más de un millón de empleos

Proyección presentada por el senador Irajá Silvestre
16-07-2024
Tiempo de lectura 4:05 min

La legalización de los casinos, bingos y juegos de azar en Brasil podría generar más de 1,2 millones de nuevos empleos directos e indirectos en un periodo de cinco años. La estimación fue presentada por el ponente de la propuesta en el Senado, Irajá Silvestre (PSD-TO), en una entrevista al diario O Tempo.

"Los estudios técnicos y científicos elaborados por diversas instituciones serias del mercado indican que, una vez legalizados el juego, las apuestas y los resorts integrados, tendremos inversiones del orden de más de BRL 100.000 millones (más de USD 18.409 millones) en cinco años. Estos mismos estudios muestran que se crearán más de 1,2 millones de nuevos puestos de trabajo en cinco años. Tanto directa como indirectamente", afirmó Irajá.

El senador destacó la importancia que el proyecto tendrá para el turismo, al que calificó de industria intensiva en mano de obra. Sin embargo, no mencionó durante la entrevista qué instituciones habían realizado esta estimación. 

La entrevista completa, a continuación:

Entre otras cosas, Irajá explicó que el proyecto de ley (PL) 2.234/22 establece diferentes mecanismos para frenar el lavado de dinero, la adicción al juego, la evasión fiscal, la evasión de divisas y el endeudamiento de los jugadores.

"Para aquellas personas que todavía tienen una visión anticuada de que, en el juego, la gente llega al casino con una maleta de dinero en efectivo, como estamos acostumbrados a ver en las películas, en Hollywood, eso no existe hoy en día. Vivimos en la era de los ordenadores, de internet y de la digitalización", argumentó.

"Para que un ludópata pueda participar en cualquier forma de juego, ya sea un casino, un bingo, un juego de azar o incluso una carrera de caballos, tiene que abrir una cuenta en su CPF, como persona física. Ni siquiera puede ser una cuenta legal. Y todas las transacciones deben hacerse a través de esta cuenta, ya sea apostando o eventualmente recibiendo un premio. ¿Por qué explico esto? Porque todo el proceso es rastreable, puede ser auditado. Puede ser inspeccionado por la Receita Federal, la Policía Federal, los órganos de control", añadió.

Aprobado por la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) del Senado el 19 de junio, el proyecto 2.234 aún no tiene fecha para ser votado en el plenario. El propio Irajá aboga por que la propuesta se someta a votación antes del 18 de julio, cuando los senadores entran en receso parlamentario.

Sin embargo, el presidente del Senado, Rodrigo Pacheco, ya ha declarado que la tendencia es que la discusión tenga lugar en agosto, cuando finalice el receso y los parlamentarios vuelvan a sus actividades.

A continuación, un resumen de los principales puntos del proyecto de ley, según información aportada por la Agencia Senado:

Casinos

- Según el texto, los casinos podrán instalarse en centros turísticos o complejos de ocio integrados. Es decir, resorts y hoteles de alta gama con al menos 100 habitaciones, así como restaurantes, bares y lugares para reuniones y eventos culturales.
- En general, los estados y el Distrito Federal sólo pueden tener un casino. Sin embargo, hay excepciones que tienen en cuenta la extensión del territorio y el tamaño de la población. São Paulo podrá tener hasta tres casinos, mientras que Minas Gerais, Río de Janeiro, Amazonas y Pará podrán tener hasta dos cada uno.
- Los casinos podrán instalarse en embarcaciones marítimas (un límite de diez en todo el país) y fluviales con al menos 50 habitaciones, dentro de los siguientes límites: un casino en cada río de entre 1.500 y 2.500 kilómetros; dos en cada río de entre 2.500 y 3.500 kilómetros; y tres en cada río de más de 3.500 kilómetros.
- En el caso de los barcos fluviales con casino, no pueden permanecer anclados en el mismo lugar más de 30 días seguidos.
- Para operar, las empresas responsables de los casinos deberán acreditar un capital social mínimo de BRL 100 millones (USD 18.409.900). La licencia tendrá una validez de 30 años.

Bingos

- El texto autoriza la explotación de bingos de forma permanente en determinados lugares, ya sea con cartones físicos o en las modalidades de bingo electrónico y videobingo.
- Cada municipio podrá tener una sala de bingo. Sin embargo, las ciudades más grandes podrán tener un establecimiento por cada 150.000 habitantes.
- Será posible promover el bingo en estadios con capacidad para al menos 15.000 aficionados, siempre que no sea ocasional. 

- La autorización propuesta para las salas de bingo es de 25 años (renovable por el mismo periodo), y es necesario acreditar un capital social mínimo de BRL 10 millones (USD 1.840.990).
- Las organizaciones de turf acreditadas por el Ministerio de Agricultura podrán operar apuestas en carreras de caballos, así como juegos de bingo y video bingo.

"Jogo do bicho"

- Por cada 700.000 habitantes, una persona jurídica podrá ser acreditada para operar el juego Jogo do Bicho en cada estado y en el Distrito Federal. En el caso de Roraima, sólo podrá operar un operador, debido a su escasa población.

- La autorización para operar el juego será por 25 años, con un capital mínimo de BRL 10 millones (USD 1.840.990).

Fiscalidad

El Proyecto de Ley 2.234/22 prevé la creación de dos nuevos impuestos que deberán pagar los operadores acreditados.

Se trata de la Tasa de Inspección de Juegos y Apuestas (Tafija) y de la Contribución de Intervención en el Dominio Económico que grava la comercialización de juegos y apuestas (Cide-Jogos). Las casas de apuestas estarán exentas de otros impuestos y contribuciones.

La Tafija deberá pagarse cada tres meses, con importes diferentes para los casinos (600.000 reales, unos USD 110.459) y las salas de bingo y operadores de juego (20.000 reales, unos USD 3681).

Los Cide-Jogos tendrán una tasa de hasta el 17%, calculada sobre los ingresos brutos de las empresas.

El proyecto de ley también establece la creación del Registro Nacional de Jugadores Prohibidos (Renapro). Se trata de un registro con los datos de las personas a las que se impide realizar apuestas o incluso entrar en casinos y salas de juego. La inclusión en la lista puede ser solicitada por el propio ciudadano, por orden judicial o por el Ministerio Público.

 

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