Argentina

La Cámara de Diputados debate hoy la ley de ludopatía que busca prohibir la publicidad de las apuestas online

27-11-2024
Tiempo de lectura 1:34 min

La Cámara de Diputados de Argentina debatirá hoy el dictamen de la ley de prevención de la ludopatía y juego online, que tiene como uno de sus ejes principales la prohibición de la publicidad directa o indirecta de operadores de apuestas online.

En un breve comunicado, la Secretaría Parlamentaria de la Cámara Baja informó a los diputados que la sesión especial, solicitada por la legisladora Mónica Frade, se ha fijado el día miércoles 27 de noviembre de 2024 a las 12:00 horas,

La sesión, añade el escrito, se realizará para discutir el dictamen de la Ley de Prevención de Ludopatía y Regulación de Juegos de Azar y Apuestas en Línea, en adultos, niños, niñas y adolescentes, en todo el territorio de la República Argentina.

Según medios locales, el quórum para la sesión no está garantizado debido a intensas discusiones en torno al dictamen de mayoría, obtenido el 13 de noviembre con las votaciones a favor de los bloques de la Coalición Cívica (CC), Unión por la Patria, Encuentro Federal y Democracia para Siempre.

En esa misma sesión, los diputados del PRO, la UCR y La Libertad Avanza plantearon otro dictamen en minoría.

Ese día, las tensiones se intensificaron durante el debate, que culminó en un escándalo protagonizado por la legisladora de PRO Silvana Guidici, y su par de la Coalición Cívica Maximiliano Ferraro.

En diálogo con el medio Infobae, una fuente de la Coalición Cívica expresó que están “trabajando para conseguir el número” de quórum que permita la discusión y eventual votación de la iniciativa legislativa.

En todo caso, de conseguirse el quórum y habilitarse la discusión, se prevé un fuerte debate respecto del artículo seis, referido a las restricciones de la publicidad, promoción y patrocinio del juego online.

La iniciativa “prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de los juegos de azar en todas las plataformas y redes sociales a través de Internet, las tecnologías de la información y la comunicación, la comunicación audiovisual, la publicidad exterior, la cartelería en la vía pública o en espacios privados de uso público, medios de difusión gráfica, radiales, televisivos, emplazamiento del producto, podcast o cualquier otro medio de comunicación actual o que surja en el futuro”.

Además, “prohíbe la publicidad indirecta o encubierta a través de influencers, de programas infomerciales y/o la publicación onerosa o no, de testimonios de deportistas, personajes famosos, figuras de relevancia pública o personajes de ficción”.

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