Chile

Dreams y Enjoy responden al TDLC y niegan actos de colusión en licitaciones de casinos

03-12-2024
Tiempo de lectura 4:22 min

Las cadenas de casinos Dreams y Enjoy contestaron al requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) de Chile ante el Tribunal de Defensa de la Libre competencia (TDLC) y, en sus respuestas, negaron haber incurrido en actos de colusión para manipular resultados de licitaciones de permisos otorgados en dicha industria entre 2020 y 2021.

Asesorada por el estudio Pellegrini & Rencoret, Dreams expresó en su respuesta ante el TDLC que “no ha participado en ningún acuerdo o coordinación con los demás requeridos” y que, “por el contrario, ha competido en forma libre e independiente y decidió autónomamente la estrategia con la que enfrentó las licitaciones investigadas”.

En esa línea, explicaron que, de acuerdo al acta de directorio del 31 de agosto del 2021, aprobaron el plan que les permitía “participar en la licitación sólo respecto de aquellas seis plazas en las que ya cuenta con permisos de operación, a fin de obtener su renovación por otros 15 años”, en el marco de “la incertidumbre” generada por la pandemia.

Añadieron que dicha sesión se realizó antes de dos reuniones en septiembre y octubre de 2021 donde, según la FNE, se habría dado la “primera conversación real” en la que se habría originado la supuesta colusión que se imputa a Dreams y a los demás requeridos.

Por otro lado, sobre las sanciones exigidas por el ente fiscalizador, equivalentes a USD 151,9 millones y piden el término de los permisos renovados a Dreams, Enjoy y Marina del Sol en los procesos de licitación aludidos, Dreams advirtió que “es evidente que no corresponde aplicar multa ni sanción alguna”.

“En cualquier caso, el monto de las multas solicitadas para Dreams es totalmente desproporcionado, injustificado y es contradictorio con los lineamientos que la propia FNE ha establecido en su Guía de Multas, además de estar mal calculada”, estimaron respecto a los cerca de USD 112,4 millones que deberían pagar como multa.

Del mismo modo, Dreams consideró que el pedido de concluir las licitaciones aludidas, “además de ser jurídicamente improcedente, desproporcionado e injustificado, ello terminará afectando a la competencia, a los consumidores y a las municipalidades”.

En el peor de los escenarios, podríamos estar frente a un intercambio de información entre competidores, dadas algunas conversaciones poco prudentes”, reconocieron. Sin embargo, afirmaron que “la alegación de que este comportamiento habría restringido la competencia debe incluir una descripción clara, basada en principios económicos sólidos y teniendo en cuenta las condiciones de mercado imperantes”.

Por otra parte, en el caso de los ejecutivos acusados, tanto el gerente general de Dreams, Jaime Wilhelm; el presidente y dueño de Dreams, Claudio Fischer; el gerente de administración y finanzas de Dreams, Claudio Tessada; presentaron al TDLC excepciones dilatorias.

En sus recursos, todos argumentaron que “el requerimiento interpuesto por la FNE carece de una exposición suficientemente clara y determinada de los fundamentos de derecho en que se apoya la imputación que se hace a mi representado”.

Respuesta de Enjoy

Asesorados por el estudio Claro & Cía., Enjoy y su presidente del directorio, Henry Comber, se defendieron ante la acusación de la FNE y solicitaron al TDLC que el requerimiento sea rechazado en todas sus partes.

“En definitiva, el actuar del Sr. Comber y de Enjoy en los Procesos Licitatorios es absolutamente inconsistente con el actuar de un agente económico que es parte de un supuesto acuerdo colusorio. H. Tribunal, la tesis del Requerimiento respecto del Sr. Comber y de Enjoy sencillamente no se sostiene en el mundo real”, manifestaron en ambas contestaciones.

Además, arguyeron que “ni el señor Comber ni Enjoy formaron parte de un supuesto acuerdo colusorio para afectar los resultados de los Procesos Licitatorios. Por de pronto, la propia investigación reservada de la FNE contiene múltiples antecedentes que confirman que esa es la verdad y, de paso, descartan el relato errado y parcial que realiza el Requerimiento de la participación del Sr. Comber y Enjoy en los Procesos Licitatorios”.

Frente a ello, acusaron que lo único que sostiene la acusación contra Enjoy y Comber es un “testimonio interesado de lo que supuestamente el Sr. Comber habría dicho ‘al paso’, relatado por el Sr. Nicolás Imschenetzky, mientras postulaba al beneficio de la delación compensada”. Agregaron que dicho testimonio no tiene sustento fáctico ni mérito jurídico.

A su vez, remarcaron que Enjoy sí compitió en los procesos licitatorios y que existe numerosa evidencia que demuestra que lo hizo “de forma muy agresiva” para renovar los permisos de las plazas de casinos en que operaba e, incluso, que “realizó esfuerzos sustanciales” por disputar nuevas plazas de casinos.

“Dichos antecedentes descartan —de plano— la existencia del supuesto acuerdo de respeto invocado en el Requerimiento en relación con el Sr. Comber y/o Enjoy”, puntualizaron, subrayando que, para renovar las plazas en que operaba, “Enjoy presentó las ofertas económicas más altas de toda la industria”.

“Si [la FNE] quiere tener éxito en este litigio respecto del Sr. Comber y Enjoy, deberá demostrar, bajo un estándar de ‘prueba clara y concluyente’, la supuesta primacía de su ‘teoría alternativa’ por sobre la verdad y no podrá hacerlo. La realidad es otra. Ni el Sr. Comber, ni Enjoy, integraron el supuesto acuerdo colusorio imputado”, concluyeron.

Postura de Marina del Sol

En el caso de Marina del Sol, la cadena de casinos ratificó haber proporcionado toda la evidencia disponible sobre los hechos que fundan el requerimiento y reafirmó su compromiso de prestar la máxima colaboración con las autoridades de libre competencia durante el curso del proceso en el TDLC.

Sin embargo, asesorados por el estudio Contreras Velozo, la empresa delatora en este proceso señaló que es improcedente que el Tribunal acceda a la solicitud de poner término a los permisos de operación obtenidos por las empresas requeridas en los procesos licitatorios de 2020 y 2021.

“Nuestra representada, pese a haber cumplido cabalmente con los requisitos necesarios [...], se ha visto expuesta a una sanción incluso potencialmente más gravosa que las multas que se puedan imponer a los demás requeridos por las conductas imputadas”, sostuvieron.

“La solicitud de aplicar la Sanción de Término de Permisos a un agente económico que ha prestado una cooperación eficaz con la autoridad conforme a la ley, y que se ha comprometido a seguir colaborando para el completo esclarecimiento de los hechos en juicio, es injustificable desde el punto de vista de la utilización de la herramienta más relevante de la que dispone nuestra institucionalidad para inhibir, detectar y perseguir carteles”, añadieron.

En tanto, el expresidente de la firma Nicolás Imschenetzky, asesorado por abogados del estudio Carey, declaró que, así como colaboró en la investigación llevada a cabo por la FNE, continuará cooperando durante el proceso ante el TDLC. Además, solicitó que se le declare exento de responsabilidad penal por el delito de colusión.

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