La entidad publicó el “Acuerdo 5” en Colombia

Coljuegos reglamentó las apuestas de casino en vivo online

Los Casinos en Vivo se realizarán en tiempo real y su "resultado es determinado por una mano o jugada realizada por un crupier, en un estudio de grabación o un establecimiento de comercio destinado a tal efecto".
18-05-2020
Tiempo de lectura 2:41 min
El acto administrativo que agrega y reglamenta el casino en vivo fue publicado por Coljuegos el pasado viernes 15 de mayo.

El acuerdo 5 de Coljuegos señala que “se adiciona al acuerdo 04 de 2016, mediante el cual se aprobó el reglamento del juego de suerte y azar de la modalidad de novedoso de tipo juegos operados por internet”, el portafolio de juegos de la operación online incluyendo en la reglamentación a la modalidad de Casino en Vivo.

La medida atiende las solicitudes realizada que desde varios sectores, entre los que se destacó Fecoljuegos en representación de los empresarios. “Con la incorporación de este tipo de juegos se dinamizará la operación, permitiendo a las plataformas competir contra la ilegalidad y generando más recursos para la salud, el Estado y los empresarios, que en estos momentos de afectaciones económicas para el país a causa del COVID-19 se requieren más que nunca para atender la salud pública y reactivar los más pronto posible la economía”, señalaron desde la entidad.

De esta manera, el nuevo Acuerdo agrega las siguientes contemplaciones en el Acuerdo 04 de 2016:

ARTÍCULO 1. Adiciónese el literal c al Artículo 18. Tipos de Juegos Autorizados del Acuerdo 04 de 2016, que fue modificado por el Acuerdo 04 de 2019, el cual quedará así:

“(…) c) Juegos operados por internet denominados Casino en Vivo, cuya transmisión se realiza en tiempo real y el resultado es determinado por una mano o jugada realizada por un dealer/crupier en un estudio de grabación o un establecimiento de comercio destinado a la operación de juegos localizados, dentro y/o fuera del territorio nacional. Los juegos que podrán ofrecerse en esta categoría serán aquellos que cumplan con la definición prevista en el artículo 25-1 del presente acuerdo y los mismos deberán ser previamente certificados por un laboratorio autorizado por Coljuegos”. (…)

ARTÍCULO 2. Adiciónese el Artículo 25-1. Casino en vivo al Acuerdo 04 de 2016, el cual tendrá el siguiente tenor:

“ARTÍCULO 25-1. CASINO EN VIVO. Corresponde a la modalidad de una serie de juegos en los cuales los jugadores realizan la apuesta por medio de los dispositivos de conexión remota previamente definidos y su resultado se vincula a una mano o jugada realizada por un “dealercrupier” real en vivo, haciendo la experiencia al jugador lo más cercano a la realidad.

La transmisión se realizará desde estudios de grabación o establecimientos de comercio destinados a la operación de juegos localizados, que pueden estar ubicados dentro y/o fuera del territorio nacional siempre y cuando cumplan con los requerimientos técnicos establecidos por Coljuegos. Las apuestas en Casino en Vivo serán de contrapartida, en las cuales el jugador apuesta contra el operador de juego, obteniendo derecho a premio en el caso de ganarle una mano o jugada a la casa y siendo el valor del premio el establecido por el operador en su reglamento. El valor del premio deberá ser informado al jugador previo al juego.

En el caso en el que la transmisión se haga desde un casino que ofrezca atención a jugadores presenciales, a un mismo jugador no se le permitirá llevar apuestas físicas y desde un dispositivo de conexión remota al mismo tiempo sobre el elemento de juego.

Los elementos de juego deberán estar certificados por un Laboratorio, al igual que el cumplimiento de un retorno al jugador igual o superior al 83% en cada juego, el cual será validado para cada año de operación”.

ARTÍCULO 3. Adiciónese el parágrafo sexto al Artículo 35. Actividades Comerciales o de Servicios Compatibles Autorizados para ofrecer Apuestas Sobre Eventos Reales y Juegos Virtuales del Acuerdo 04 de 2016, modificado por el Acuerdo 04 de 2019, el cual quedará así:

“(…) PARÁGRAFO SEXTO. Los Juegos operados por internet denominados Casino en Vivo, descritos en el artículo 25-1, pueden ofrecerse por parte del operador de juegos operados por internet en casinos y salas de juego autorizadas por Coljuegos en los contratos de concesión de juegos localizados”.

El documento completo puede ser descargado desde el siguiente vínculo: https://www.yogonet.com/uploads_ftp/docs/coljuegos-acuerdo-05-del-28-de-abril-de-2020.pdf

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