Las empresas tendrán hasta agosto de 2021 para adecuarse

Entró en vigor en España el decreto que limita casi la totalidad de la publicidad de apuestas

Tanto el ministro de Consumo, Alberto Garzón; como el director general de Ordenación del Juego, Mikel Arana; sostienen que este Real Decreto marca "el fin de la ley de la selva".
04-11-2020
Tiempo de lectura 2:41 min
El texto, publicado en el Boletín Oficial, consta de 37 artículos a través de los cuales se regulan los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 sobre publicidad, patrocinio y promoción de la actividad del juego, y se busca proteger a los consumidores y establecer políticas de juego responsable más firmes.

El Gobierno de España aprobó ayer y publicó hoy en el Boletín Oficial el Real Decreto 958/2020 de Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego, un proyecto que formó parte del acuerdo entre el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Podemos, y que había sido presentado en febrero, justo antes de que estallara la pandemia.

El texto consta de 37 artículos a través de los cuales se regulan los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 sobre publicidad, patrocinio y promoción de la actividad del juego, y se busca proteger a los consumidores y establecer políticas de juego responsable más firmes.

El objetivo es establecer un marco de protección integral frente a la publicidad de las actividades de juego y apuestas online. Una de las principales medidas es la prohición de ofrecer bonos promocionales para captar jugadores. Solo podrán dirigirse a clientes registrados y verificados, y nunca a personas con riesgo.

Si bien los acuerdos de patrocinio entre los clubes y las empresas de juego —que impliquen llevar publicidad de juegos de azar en camisetas y otros equipos— están prohidos a partir de hoy, habrá un período de adaptación hasta agosto de 2021. Los incumplimientos podrán ser sancionados con multas de entre 100.000 y un millón de euros y con la suspensión de su actividad en España por un plazo máximo de seis meses.

La publicidad audiovisual de operadores de juego solo estará permitida entre la 1 y las 5 de la madrugada. La publicidad por correo postal queda prohibida y la que se realice a través de email solo podrá emitirse con el consentimiento de la persona interesada. En la publicidad que se emita en el horario permitido, no podrán aparecer personas o personajes de relevancia o notoriedad. 

Posterior a la aprobación de la normativa en el Consejo de Ministros, el ministro de Consumo, Alberto Garzón, brindó una conferencia de prensa. A través de una columna de opinión publicada en la edición española del diario estadounidense The Huffington Post, el director general de Ordenación del Juego, Mikel Arana, hizo propias las palabras del ministro Cazón y se refirió a El fin de la ley de la selva.

"El objetivo de este decreto es el de ordenar, regular o si se quiere, dimensionar, la publicidad de un sector, el del juego, que cada vez más orienta sus mensajes hacia las personas más jóvenes a las que les ofrece un modelo de ocio basado exclusivamente en la apuesta, sin tener en cuenta que el juego puede derivar en una adicción que lleve a destrozar familias enteras", aseguró.

El decreto también establece que la publicidad en Internet solo podrá mostrarse en los portales de los operadores del juego. En redes sociales, solo se podrán emitir mensajes publicitarios a los seguidores, y en otras plataformas (como las de intercambio de video) la publicidad queda relegada al mismo horario que el resto. Los operadores deberán contar con instrumentos que garanticen que su publicidad no se dirija a menores.

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