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Un tribunal de Colombia declaró que las sanciones por juego ilegal son aplicables aunque no haya vinculación del propietario

30-06-2022
Tiempo de lectura 1:02 min

Un tribunal de justicia del distrito de Buga, ubicado en el departamento colombiano del Valle del Cauca, declaró en una sentencia que no es necesaria la vinculación del propietario de un establecimiento de comercio para la validez de la sanción impuesta por operación ilegal de juegos de suerte y azar.

El fallo, emitido el 21 de junio por la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior de Buga, revocó una tutela concedida por una persona sancionada por operación ilegal de juego por un juez de primera instancia.

Según expresó Coljuegos en un comunicado este miércoles, en dicho fallo de primera instancia, el juez “consideró vulnerado el debido proceso por no haberse adelantado el proceso sancionatorio en contra del propietario del establecimiento de comercio, según los descargos que presentó en su momento el sancionado”.

“La ausencia del requisito de subsidiariedad, en la esfera negativa, y la falta de argumentación y de prueba para darlo por establecido, no permite a la Sala avalar lo decidido por el juzgado de instancia”, se lee en la sentencia, firmada por los magistrados Héctor Moreno Aldana, María Balanta Medina y Juan Santacruz López.

Acceda aquí a la sentencia emitida por la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior de Buga.

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