La Corte Constitucional de Ecuador aprobó una reforma tributaria que establece un nuevo impuesto único para operadores y aficionados a los pronósticos deportivos. El gravamen comenzará a aplicarse el 1 de enero del 2024.
Según la normativa, las plataformas de pronósticos deportivos deberán pagar el 15% sobre su base imponible, o sea sobre los ingresos totales sobre premios pagados. Si la apuesta es realizada en una operadora extranjera, será el jugador quien deberá asumir el 15% del impuesto sobre el valor de su apuesta al momento de realizarla.
A este porcentaje, se deberá agregar una retención del 15% sobre el valor de los premios de los jugadores. Dicha retención será realizada por la plataforma o las instituciones a través de las cuáles se realice la acreditación de dicho premio.
En Ecuador operan aproximadamente 26 sitios de apuestas y pronósticos. El dato consta en el catastro del SRI para el cobro de impuesto al valor agregado (IVA) por uso de plataformas digitales.
Si bien la Consulta Popular de 2011 prohibió los juegos de azar, la Procuraduría General del Estado señaló, en 13 de diciembre de 2019, que los pronósticos deportivos no responden directamente a la suerte o azar y, por ello, deben ser regulados.