La administración tributaria de Ecuador dio a conocer que, actualmente, solo existen siete empresas con Registro Único de Contribuyentes (RUC) registradas como plataformas de pronósticos deportivos.
Sin embargo, según una investigación del medio local Primicias, en ese país existirían unas 48 empresas dedicadas a esta actividad que, si bien distribuyen publicidad e incluso cuentan con locales físicos, son difíciles de rastrear dado que muchas de ellas no registran RUC o no relacionan la actividad económica que realmente desempeñan.
De acuerdo a la información provista por la administración tributaria al citado medio, del grupo de siete empresas registradas en el catastro del SRI, cinco son ecuatorianas y dos extranjeras que se han registrado en el país con un RUC.
La Ley de Eficiencia Económica, que entró en vigencia desde diciembre de 2023, establece toda operadora de pronósticos deportivos que quiera desarrollar su actividad en el país debe registrarse en el catastro del SRI y pagar el impuesto a la renta único de operadores de pronósticos deportivos.
Dicho impuesto, que entró en vigencia este 1 de julio de 2024, grava los ingresos recibidos de los operadores de pronósticos deportivos. Así, su base es el resultado de restar los premios pagados de los ingresos, con una tarifa del 15%.
No hacer el registro RUC y en el SRI podría trar consecuencias como el cierre del establecimiento, bien sea físico o electrónico y para los operadores extranjeros, la Ley de Régimen Tributario de Ecuador contempla el bloqueo de la dirección IP.
Se prevé que habrá nuevas sanciones a partir de diciembre de 2024, puesto que la Ley ecuatoriana define un período de seis meses para implementar más mecanismos de imposición de medidas sancionatorias.