Por un costo de USD 307.000

Las casas de apuestas deportivas deberán tramitar una licencia de cinco años para operar en Ecuador

06-01-2025
Tiempo de lectura 1:32 min

El Gobierno de Ecuador emitió el Decreto Ejecutivo 487, mediante el cual se reformó el reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno, y se definió que los operadores de apuestas y pronósticos deportivos deberán tramitar una licencia expedida por el Ministerio del Deporte para funcionar en dicho país.

De acuerdo al texto, la licencia será el único título habilitante para el ejercicio de la actividad económica de pronósticos deportivos en Ecuador. Tendrá una vigencia de cinco años y un costo de 655 Salarios Básicos Unificados, monto equivalente a USD 307.850.

Asimismo, el decreto ratifica la creación de un Impuesto Único a la Renta del 15% para los operadores de apuestas deportivas, calculado sobre los ingresos brutos menos los premios pagados, administrado por el Servicio de Rentas Internas (SRI), la agencia tributaria ecuatoriana.

Además, sobre los premios pagados a los jugadores deberá aplicarse una retención en la fuente de Impuesto a la Renta de 15%. Los operadores también deberán declarar y pagar mensualmente estas retenciones, que constituirán un crédito tributario para los ganadores de los premios cuando deban hacer el pago anual del Impuesto a la Renta.


El presidente de Ecuador, Daniel Noboa

El texto establece que los operadores dispondrán de tres meses para ajustar los sistemas y cumplir la normativa secundaria. Del mismo modo, el Ministerio del Deporte tendrá el mismo plazo para para emitir la reglamentación necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto.

Por otro lado, también habrá un plazo de tres meses para que la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y otros organismos implementen los sistemas y mecanismos de control para estas actividades. En ese período, dice el reglamento, estas plataformas no serán sancionadas.

Acorde al análisis del estudio HEKA Abogados, los operadores también estarán obligados a declarar y pagar el impuesto mensualmente, incluso sin operaciones; presentar una declaración anual consolidando ingresos y gastos; y emitir comprobantes de venta autorizados.

Cabe señalar que, hasta septiembre de 2024, el SRI había informado que, de las 65 plataformas de apuestas o pronósticos deportivos que se registraron hasta el momento para operar dicha vertical, 19 son empresas o personas jurídicas y 46, personas naturales.

A su vez, de las 19 empresas registradas, dos son sociedades extranjeras no domiciliadas en el país. Estas son Logflex MT Limited, que opera la plataforma de Novibet, y Kaizen Gaming International, dueña de la marca Betano.

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