El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de Chile (TDLC) resolvió rechazar la demanda que, en 2019, interpuso la empresa Enjoy en contra de su par Dreams por supuesta competencia desleal en la adjudicación de las licitaciones de los casinos en Pucón y Puerto Varas.
Según medios chilenos, el fallo del organismo de libre competencia, que aparece tras más de cinco años, estableció que “las acciones que dieron lugar a los procesos administrativos y judiciales que Enjoy ha acusado como desleales, no carecían objetivamente de mérito”.
Cabe señalar que, en agosto de 2019, Enjoy reclamó ante el TDLC que Dreams habría tenido prácticas de competencia desleal al presentar diversas acciones que “le habrían impedido o entorpecido” la construcción y entrada en operación de sus proyectos de casinos en Pucón y Puerto Varas, que se habían adjudicado en 2017.
“El retardo se debe a que Sun Dreams, competidora de Enjoy, ha desarrollado un cúmulo organizado, reiterado y sistemático de acciones judiciales, administrativas y de facto, dirigidas a arrebatar a la compañía los permisos que legítimamente se adjudicó y, alternativamente, a incrementar la incertidumbre jurídica y de negocios que la afecta y sus costos, hasta hacer inviable su operación”, advirtió Enjoy en su acusación ante el TDLC.
En respuesta, Sun Dreams, representada por la firma Pellegrini & Rencoret, y sus filiales en Pucón y Puerto Varas se defendieron negando que existiera una multiplicidad de acciones y que los proyectos habrían fracasado por otras razones.
Frente a ello, el TDLC argumentó que “no se configuran los ilícitos alegados por Enjoy en su demanda" y justificó que, “según se ha analizado, las acciones que dieron lugar a los procesos administrativos y judiciales que Enjoy ha acusado como desleales, no carecían objetivamente de mérito”.
Por último, la sentencia del tribunal remarcó que “no se aportó prueba que permitiera establecer una relación causal directa entre las acciones de Sun Dreams y la imposibilidad de desarrollar los proyectos de las Demandantes”.
“Ante todo, ninguno de los recursos judiciales impedía el desarrollo de los proyectos, toda vez que no suponían la suspensión de los efectos de la adjudicación. Adicionalmente, no se acreditó que los permisos administrativos requeridos por Enjoy se hubieran retrasado a causa de la intervención de Sun Dreams”, concluye el fallo.