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El Gobierno de Navarra aprobó el reglamento que reduce el horario de los salones de juego

28-02-2025
Tiempo de lectura 3:27 min

El Gobierno de Navarra informó que ha aprobado el Reglamento General de los Juegos y Apuestas, que da cumplimiento a lo establecido por la Ley Foral 21/2022. Entre otras medidas, el texto regula la planificación y funcionamiento de locales y máquinas, los horarios de estos y la publicidad y patrocinios, así como el control efectivo de accesos a salones de juegos y casas de apuestas. Según explicaron, el objetivo es “reforzar la protección de los menores y colectivos vulnerables”.

La consejera del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, Amparo López, indicó que el decreto aprobado es “muy amplio y ambicioso” y que “unifica la dispersión normativa que existía hasta ahora”.

“El espíritu del Reglamento se apoya en dos ejes: por un lado, la protección a menores y a los colectivos vulnerables, reduciendo los riesgos de adicción y ludopatías y, por otro, el establecimiento de medidas que reducen los riesgos de adicción y exposición, disminuyen la accesibilidad y actúan sobre los factores de protección desde la educación y sensibilización social”, explicó la funcionaria.


Amparo López

Control de acceso a los locales

Con el nuevo reglamento, el servicio de recepción de los salones deberá comprobar la información de las personas usuarias en cada uno de los accesos efectuados al local para conocer si cumplen con la mayoría de edad y si están incluidas o no en el Registro de Interdicciones.

Para ello, el control deberá disponer de un sistema informático que permita la conexión con el citado registro y la comprobación de la mayoría de edad. Las empresas tienen ahora un margen de 12 meses para llevar a cabo los desarrollos informáticos correspondientes.

La polémica: recorte de horarios

En cuanto a los horarios de funcionamiento, el reglamento establece el horario general de cierre para salones de juego y locales de apuestas deportivas a las 0:30 a.m. y para las salas de bingo a las 3:00 a.m. Cabe señalar que actualmente los salones de juego cierran a las 3:30 a.m., mientras que su competencia, los bingos, cierran a las 3:30, por lo que estos últimos solo tendrán que cerrar media hora antes.

Las autoridades de Navarra afirmaron que con esto “se armonizan” los horarios del sector con respecto a los del resto de Comunidades Autónomas, y se alinean con las políticas de la Unión Europea.


Sesión de trabajo en el Parlamento de Navarra para discutir las restricciones (enero de 2025)

Sin embargo, tanto los empresarios del sector como los trabajadores han participado en varias sesiones en el Parlamento de esa comunidad autónoma para manifestarse en contra. Para la Unión de Trabajadores de Salones de Juego (UTSAJU) Navarra, esta restricción podría provocar el despido de unos 100 trabajadores del sector a largo plazo.

En tanto que desde ANESAR Navarra cuestionaron si realmente “se está protegiendo a los colectivos vulnerables con un recorte horario”, ya que las opciones de juego, una vez cierren los salones de juego, son múltiples: pueden ir al bingo, a un bar, y también pueden ir a su casa y jugar de forma online hasta la mañana siguiente.

Otras restricciones

En el apartado relativo al juego presencial –salas de bingo, salones de juego y tiendas de apuestas deportivas-, el Reglamento indica que no se podrán otorgar autorizaciones para instalar establecimientos a menos de 400 metros de centros educativos, centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas, centros residenciales de personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, centros sanitarios, deportivos, culturales y recreativos y casas de la juventud.

Por otro lado, en locales de hostelería, las máquinas de apuestas deberán contar para su uso con los elementos técnicos que obliguen a la persona usuaria, sin intervención de terceros, a identificarse de forma previa y obligatoria para la comprobación de su inclusión en el Registro de Interdicciones y su mayoría edad.

Asimismo, estas máquinas deberán incorporar elementos técnicos que hagan que una vez finalizadas las partidas de juego y durante el tiempo en que no esté siendo utilizada permanecerá desactiva sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos.

La norma establece también una serie de medidas a nivel publicitario, prohibiendo la publicidad de apuestas en cualquier actividad deportiva de Navarra con financiación, total o parcial, mediante subvención pública. A su vez, se impide en soportes situados a menos de 300 metros de centros educativos, deportivos, culturales, recreativos, sanitarios o locales de rehabilitación de personas con adicción al juego, problemas de salud mental graves o problemas de discapacidad.

De la misma forma, se prohíbe la publicidad de empresas de juego en dependencias de las administraciones públicas, espacios públicos destinados a menores de 18 años, en centros sanitarios, sociales, sociosanitarios y escolares y en cines, locales e instalaciones en las que se celebren acontecimientos deportivos. En lo relativo al patrocinio, el texto impide el de empresas de apuestas deportivas en clubes deportivos, no permitiendo su publicidad en camisetas e indumentarias, así como en instalaciones y estadios deportivos en competiciones del ámbito de la Comunidad Foral.

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