El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ordenó una actualización del modelo de solicitud para la inscripción o baja en el Registro de Limitaciones de Acceso a los Establecimientos de Juego de esa comunidad autónoma.
Dicho registro tiene como propósito evitar que las personas con consumos problemáticos participen en actividades de juegos de azar. Las personas pueden inscribirse por decisión propia, o por una decisión judicial que les prohíbe el acceso a estos establecimientos.
Según informaron, las salas de juego deben contar con un sistema que verifique si las personas que intentan entrar están en este registro. Si allí aparecen, no podrán ingresar.
Con esta actualización, los requisitos para estar en dicho registro se adaptaron a las modificaciones de la Plataforma de Intermediación de Datos y al convenio con el gobierno local.
De acuerdo a la disposición del DOE, se actualizó el contenido del modelo de solicitud de inscripción y de cancelación a dicho Registro. La cancelación de la inscripción en el Registro de Limitaciones de Acceso se producirá previa solicitud expresa del interesado y el abono de la tasa administrativa correspondiente.
A su vez, las solicitudes de inscripción y cancelación se dirigirán a la Dirección General de Tributos y el plazo mínimo de inscripción en el registro tendrá una vigencia mínima de seis meses, contados desde la fecha de la resolución.
Esta normativa de comunicación de los datos del Registro de Limitaciones de Acceso afecta casinos de juego, salas de bingo, salones de juego, locales específicos de apuestas y cualquier otro local de juego en el que por decreto de la Junta de Extremadura, órgano de gobierno de dicha comunidad autónoma española, se establezca la obligación de contar con un control de acceso al establecimiento.