Informó que las salas apéndice de un casino son locales que forman parte del casino, pero que se encuentran situados fuera del recinto, incluso en otro municipio, para la práctica de los juegos que el casino tenga autorizados.
Los casinos existentes en la Comunidad de Madrid, situados en Torrelodones y Aranjuez, podrían abrir así una sede, siempre de menor tamaño que el propio casino, en Madrid capital. La normativa contempla que la superficie destinada a la práctica de los juegos autorizados en la sala apéndice será como máximo de 1.000 metros cuadrados en los que no se computará el espacio destinado a máquinas de juego.
Además, la superficie total de la sala no será superior al 25% de la superficie total construida cubierta del casino del que dicha sala sea apéndice, sin contar con el aparcamiento. Y en la sala apéndice se podrá instalar hasta un máximo de 65 máquinas recreativas y de juego y el número de mesas de juego no podrá ser superior a 27.
La nueva normativa especifica que la apertura y funcionamiento de una sala apéndice de un casino de juego requerirá autorización administrativa previa. Para obtenerla será requisito imprescindible que el casino se encuentre al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social establecidas en las disposiciones vigentes y hacer frente a una garantía por importe de 350.000 euros para hacer frente al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley del Juego de la Comunidad.
La Consejería de Economía y Hacienda tendrá dos meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro para resolver la solicitud de autorización de apertura de la sala.