Revocaron la cautelar que beneficiaba a tres salas de la provincia

Argentina: nuevo embate sobre el cobro del Impuesto a las Ganancias a los bingos bonaerenses

La alícuota especial es del 41,5%.
09-04-2018
Tiempo de lectura 43 seg
La Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó una medida cautelar que beneficiaba a las empresas Bingo Ramallo S.A., World Games S.A. y Desarrollos Maipú S.A. , que deberán pagar el Impuesto a las Ganancias especial que rige sobre las tragamonedas.

Los bingos habían pedido la inconstitucionalidad de la ley 27.346, por entender que el aumento de la alícuota (41,5%) era confiscatorio. El juez de primera instancia Enrique Lavié Pico entendió que el planteo de las empresas de Angelici era atendible y dio lugar a la cautelar. Pero el viernes, los camaristas Rodolfo Facio, Hernán Gerding y Carlos Grecco hicieron lugar a la apelación de la AFIP y el Estado Nacional y revocaron la medida.

La AFIP y el Estado argumentaron que se trata de un "impuesto indirecto" que paga, en definitiva, el apostador, "no incidiendo el mismo sobre su renta o patrimonio (de la empresa), por lo que no puede ser considerado de ningún modo como un impuesto directo y, por lo tanto, tampoco confiscatorio". La Cámara coincidió.

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