Con duras críticas a la Conajzar

Paraguay: el Senado dio media sanción al proyecto de ley para regular las tragamonedas "de calle"

El senador Blas Llano destacó que la resolución prevé regularizar 50.000 máquinas tragamonedas.
23-07-2021
Tiempo de lectura 2:48 min
La Cámara Alta aprobó ayer por la tarde el proyecto de ley que regula la explotación de tragamonedas en el Paraguay, y que reconoce a las municipalidades como responsables de otorgar los permisos para la operación de las mismas. A partir de ello, podría quedar sin efecto el contrato de Conajzar con la firma iCrop.

El Senado debatió por más de una hora el proyecto de ley “por el cual se establecen medidas de protección a los menores de edad, ante las influencias de las máquinas tragamonedas”. El proyecto pretende regular el sistema de habilitación, explotación y uso de slots, y ratifica que su control es una función de las municipalidades, conforme a lo establecido en la Ley N° 1.016/15 de juegos de azar.

El proyecto se aprobó con modificaciones. En lugar de que los municipios otorguen concesiones para explotar tragamonedas como resultado de una licitación, se les da la potestad directa de otorgar permisos.

En el texto original, las sanciones previstas para infractores eran multas de un salario mínimo, pero se introdujeron cambios para endurecer los castigos, de modo a que también se incauten y destruyan las máquinas; y se agregó la aplicación de una trazabilidad de clientes y operadores, para un control del flujo del dinero, así como establece la norma de prevención de lavado de dinero.

La iniciativa parlamentaria ratifica que la regularización de las tragamonedas es responsabilidad de las comunas. Cabe recordar que la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar), por Resolución N° 34/20, dio esa tarea a la empresa iCrop a través de un contrato directo.

Varios municipios coincidieron en oponerse al desarrollo de las actividades de dicha firma, porque consideran que atropella la autonomía municipal y su régimen tributario (establecido en la Ley N° 620/79).

Uno de los impulsores es el senador Blas Llano, quien “desempolvó” el proyecto planteado en 2019 y en coincidencia con las críticas hacia la Conajzar, presidida por José Antonio Ortiz Báez. Según la queja de los propios explotadores de tragamonedas, se le dio la potestad a una empresa privada de censar, catastrar y explotar slots, por lo que la convirtieron en “juez y parte”.

Durante la sesión, Llano hizo alusión a la investigación de la prensa paraguaya sobre estas y otras anomalías. Destacó que la resolución prevé regularizar 50.000 máquinas tragamonedas y que, por las gestiones, iCrop S.A. cobra G$ 300.000 por cada aparato al mes. De dicho monto, sólo lo correspondiente a un jornal mínimo (G$ 88.051) es destinado al Estado.

De concretarse la meta prevista para esta empresa, la recaudación será de US$ 2,1 millones al mes, de los que un 70% (unos US$ 1,5 millones) quedará para la firma privada, y sólo un 30% para Conajzar. “El presidente de Conajzar es un mafioso y corrupto”, expresó el legislador, quien aprovechó para recordar los cuestionamientos que habían surgido el año pasado en la adjudicación de otro juego de azar, la Quiniela, que benefició a la empresa TDP S.A. del expresidente Juan Carlos Wasmosy.

El senador Enrique Bacchetta también cuestionó el manejo de la institución presidida por Ortiz, y recalcó que, por ese motivo, la Cámara Alta lo interpelará el próximo 28 de julio. Por otra parte, propuso que los explotadores que infringen la normativa sean sancionados con la pena de dos a tres años de cárcel, lo cual fue objetado por la senadora Esperanza Martínez, por considerar un castigo excesivo y que “sólo se castigaría a los más humildes”.

El expresidente de Conajzar y hoy asesor de explotadores de tragamonedas, Javier Balbuena, observó que con las modificaciones propuestas se ratifica que la potestad de autorizar la explotación de los juegos la tienen las municipalidades. Además, se prohíbe la explotación de dichos juegos en sitios con fácil acceso a menores. Además, celebró que se incluya el uso de la tecnología para la implementación de un sistema de monitoreo y control en línea, de modo a evitar la participación de niños y adolescentes en el juego. Teniendo en cuenta que el contrato entre Conajzar e iCrop S.A. está respaldado sólo por una resolución de la citada institución, quedaría sin efecto de promulgarse esta ley, puntualizó.

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