En caso de no apelar, podría sentar jurisprudencia

España: la Justicia falló contra Betfair y Bet365 por suspender cuentas de clientes en racha

Las firmas todavía pueden apelar la decisión ante la Audiencia Provincial. La resolución es una de las primeras de este tipo en toda España y la primera en la capital de Asturias.
29-07-2021
Tiempo de lectura 1:45 min
Fue por dos causas que hicieron usuarios a quienes se le suspendieron sus cuentas y les impidieron jugar en los rubros en los que conseguían más beneficios, cuando "todas las apuestas son realizadas a entera discreción y riesgo del cliente". Ya no podrán establecer como obligatorias las condiciones generales de subscripción.

Los juzgados de Primera Instancia 4 y 11 de Oviedo fallaron a favor de dos usuarios de las casas de apuestas Betfair y Bet365 respectivamente, quienes se vieron perjudicados por la suspensión de su cuenta cuando estaban pasando por una racha ganadora. A partir del dictamen, las empresas perderán el derecho a limitar cuentas, importes de apuestas o impedir que se continúe jugando.

Las firmas todavía pueden apelar la decisión ante la Audiencia Provincial de Asturias. La resolución es una de las primeras de este tipo en toda España y la primera en la capital de Asturias.

El fallo contra Betfair fue dictado por el juez de refuerzo Marcos Carrero Morera bajo la sentencia 149/2021 y el de Bet365 por la magistrada titular Susana Fernández de la Parra en el expediente 108/2021. En ambos casos se anuló el derecho de las compañías a marcar como obligatorias para la subscripción las casillas de condiciones generales, a través de las cuales se limita a los usuarios en caso de fraudes y detección de juego problemático, entre otros motivos.

Ambos casos fueron llevados adelante por el socio de Egolegal Abogados, Nicolás Simó Álvarez, en sociedad con Legálitas. El letrado denunció ante El Confidencial que "las casas de apuestas convierten lo que son juegos de azar en un negocio redondo para ellas, en el que o la casa siempre gana o, las pocas veces que pierde, echan al cliente y todo solucionado".

La Justicia determinó que, según la Ley General de Consumidores y Usuarios, el demandante contra Betfair se encontraba en una posición de debilidad por el solo hecho de ser un consumidor y definieron que se le había limitado apostar en los rubros en los que conseguía más beneficios, cuando "todas las apuestas son realizadas a entera discreción y riesgo del cliente". Esto fue a partir de que, tras un año, recibiera un mail avisándole que sus operaciones estaban siendo limitadas.

"Si bien, en teoría, esas cláusulas se incluyen para evitar situaciones de fraude, en la práctica se usan para evitar que los usuarios que ganan algo de dinero con las apuestas, vuelvan a jugar. Es decir: O no los dejan participar o les restringen las cantidades de dinero que pueden jugarse", acusó Simó Álvarez.

A los dos clientes de las plataformas de apuestas deportivas le devolvieron sus cuentas, las cuales habían sido cerradas, y su condición de "apostante sin límite".

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