Un espaldarazo a los operadores de los casinos municipales entregó la Corte Suprema, al analizar un recurso presentado por Dreams en contra de una resolución de la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), que había intentado dejar sin efecto una resolución que permitía descontar del plazo de construcción, los días en que la comuna donde se levantan los proyectos estuviera en cuarentena.
Con esto, los actores podrán seguir descontando estos días, lo que en la práctica compensa el tiempo en el que no pudieron avanzar las obras por las restricciones sanitarias.
Esto beneficia a Dreams y Enjoy, que en 2018 se adjudicaron una serie de permisos de casinos municipales, en distintas partes del país. El caso se remonta a abril de este año, cuando el regulador de casinos, dirigido por Vivien Villagrán, dejó sin efecto la resolución exenta N° 500.
La medida se tomó tras la publicación del decreto 77 del Ministerio de Hacienda, que dio el pase a los casinos municipales a una prórroga por seis meses para construir y operar los recintos.
La acción del regulador, de dejar de descontar los días para la construcción de las obras en cuarentena, causó molestia en Dreams, quien fue a la Justicia a través de un recurso de protección, buscando que se dejara sin efecto la resolución de la SCJ.
El 26 de julio, la Corte de Apelaciones de Iquique, donde opera Dreams, acogió el recurso y ordenó dejar sin efecto la medida. Un mes después, la Corte Suprema confirmó la sentencia. En definitiva, esto permitirá extender la fecha de entrada de los proyectos municipales adjudicados hace tres años.
En el caso de Iquique, el plazo original se extendería -por ahora- en 21 días; en el caso de Viña del Mar en 20 días y en el caso de Pucón, en 61 días. Sólo Coquimbo y Puerto Varas no estuvieron en cuarentena entre la fecha en que la SCJ había derogado esa resolución y el reciente fallo de la Suprema, por lo que hasta ahora, sus fechas se mantienen sin cambios.
Desde la SCJ informaron que el 27 de julio repusieron la resolución en cuestión, decisión que el organismo adoptó tras acogerse el recurso por la Corte de Apelaciones.
“El fallo del máximo tribunal se fundó en consideración a que no han variado las circunstancias que justificaron la derogación de la referida Resolución N°500, reconociendo en todo caso que la Superintendencia ha actuado conforme a las atribuciones que le otorga la ley”, sostuvieron.
Carlos Silva, fiscal corporativo de Dreams, valoró la sentencia que hizo el máximo tribunal respecto que, tanto la resolución Nº 500 como el decreto 77, “fueron dictados por la autoridad precisamente buscando mitigar los efectos negativos de la pandemia, siendo ambos actos normativos complementarios y no excluyentes”, agregando que esto hace justicia a la realidad de la industria.