La Corte de Apelaciones de Puerto Montt resolvió acoger un recurso de protección solicitado por empleados del Casino Dreams de Puerto Varas, ubicado en el sur de Chile, frente a un caso de hostigamientos perpetrados por un cliente, a quien se le negó el ingreso a la sala de juegos en el marco de la pandemia.
De acuerdo a la sentencia, la persona identificada como Leonardo Reyes Aste profirió “insultos, así como amenazas de lesiones y de muerte, por medio de correos electrónicos, mensajería de la plataforma WhatsApp” contra un empleado del casino.
Además, el fallo señala que el imputado realizó publicaciones difamatorias en las redes sociales Facebook e Instagram contra el mismo empleado y contra el gerente de la sala de juegos.
Según la resolución, en las publicaciones el acusado “denosta principalmente” al empleado del casino y “da a entender conflictos personales derivados de las sanciones que el Casino Dreams ha impuesto al recurrido en razón de lo previsto en la Circular N° 108 de la Superintendencia de Casinos de Juego, del 8 de junio de 2020, consistente en la prohibición de ingreso, vigente hasta el 7 de septiembre de 2022”.
Asimismo, se da cuenta de “una serie de actos llevados a cabo por el recurrido contra otros clientes o trabajadores del casino, entre ellos, daños a vehículos, insultos, malos tratos y golpes”.
Sobre ello, la Corte de Puerto Montt sostiene que “los hechos antes descritos, a juicio de estos sentenciadores, naturalmente tienen la aptitud de vulnerar el derecho a la honra del recurrente, en particular al imputársele hechos que resultan moralmente reprochables o conductas socialmente cuestionables”.
Respecto de las amenazas recibidas mediante correos electrónicos, la corte apuntó que “el hecho de que aquellos constituyan comunicaciones privadas permite descartar que en la especie se configure una vulneración al derecho fundamental a la honra del actor”, sin perjuicio remitir los antecedentes al Ministerio Público por tratarse de amenazas de muerte y lesiones que, naturalmente, revisten el carácter de delito.
Acceda aquí al fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.