El Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma española de Murcia dio el visto bueno un decreto-ley sobre sanciones a establecimientos públicos, espectáculos públicos y actividades recreativas. El texto aprobado incrementa especialmente las sanciones para las salas de juego y las casas de apuestas.
De acuerdo al dispositivo legal, la comisión de una infracción muy grave se sancionará con multa de EUR 30.001 (USD 29.190) a EUR 300.000 (USD 292 mil); una infracción grave con multa de EUR 1.501 (USD 1460) a EUR 30.000; e infracción leve con EUR 300 (USD 290) a EUR 1.500.
Además, podrá imponerse la suspensión temporal de las licencias o autorizaciones o permisos, hasta un año en caso de infracciones graves y hasta tres años en casos de infracciones muy graves, así como la clausura de locales o establecimientos, hasta un año en caso de infracciones graves y hasta tres años en las muy graves.
Para el caso de las salas de juego y casas de apuestas, “se tipifica como infracción grave el incumplimiento de los horarios para la apertura y cierre de los establecimientos de juego y locales específicos de apuestas, considerado por la legislación anterior como infracción leve”. “Para el resto de establecimientos la apertura o el cierre fuera del horario establecido o autorizado mantiene la consideración como falta leve”, indicaron.
Nuevo régimen sancionador para establecimientos públicos, espectáculos y actividades recreativas pic.twitter.com/69UjYkGt7T
— Gobierno de la Región de Murcia (@regiondemurcia) September 22, 2022
En tanto, se consideran infracciones muy graves, entre otras, “la celebración de espectáculos públicos sin título habilitante, incumpliendo sus términos, excediendo los límites de los mismos o quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente, cuando se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas”.
“También son consideradas infracciones muy graves dedicar los establecimientos, recintos o instalaciones a actividades distintas de aquellas para las que estuviesen destinados, llevar a cabo un espectáculo o actividad recreativa distinta de la habilitada, e incurrir en inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de los datos o documentos que deben acompañar a la correspondiente declaración responsable o solicitud de autorización administrativa previa”, detallaron desde el gobierno regional.
Además, se refiere que “en la misma categoría se sitúa la carencia o falta de vigencia del contrato de seguro de responsabilidad civil y los comportamientos que puedan producir alteraciones del orden o crear situaciones de peligro”.
Se indica también que “serán infracciones graves las conductas anteriores siempre que no se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o no se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas”.
Finalmente, “entre las infracciones leves se encuentra la carencia de carteles o anuncios cuya exposición al público sea obligatoria” o “la falta de respeto de las personas espectadoras, asistentes o usuarias al personal ejecutante, organizadores y titulares, personas empleadas de estos y resto del público o viceversa”.