A raíz de una nueva disposición, queda prohibido el uso de suelo y la construcción de nuevos casinos en la región de Baja California, México. Específicamente se trata del decreto 197 sobre la reforma al artículo 4 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, centrada en la prohibición de establecimientos de apuestas en todas sus modalidades.
La medida incluye también las apuestas remotas, salas de sorteo de números, mesas de juego, máquinas electrónicas de juego, videojuegos electrónicos susceptibles de apuestas, máquinas de videojuegos electrónicos o electromecánicas de habilidad y destreza, juegos de azar y demás similares.
La única excepción corresponde a los establecimientos que ya estén en operación y que solo requieran una reubicación dentro de ése municipio, aclarando “siempre que ello propicie la generación de empleos, el desarrollo económico o turístico de una zona y que su otorgamiento no contravenga la planeación urbana estatal y municipal”.