Unos 14 legisladores de la Cámara de Diputados presentaron un proyecto de ley para modificar los artículos 8º, 11, 13, 21, 22 y 23 de la Ley N° 1.016/1997, “que establece el régimen jurídico para la explotación de los juegos de suerte o de azar”. Según precisaron, el objetivo es “adecuar la ley vigente a los requerimientos de los nuevos tiempos”.
Con esto proyecto, se busca corregir la explotación de juegos de azar que, de acuerdo a los diputados, se trata de “concesiones monopólicas” y, en ciertos casos, en contravención a la Constitución Nacional, que en su Art. 107 establece: “Toda persona tiene derecho a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia, dentro de un régimen de igualdad de oportunidades. Se garantiza la competencia en el mercado. No serán permitidas la creación de monopolios…”.
“La Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR) viene adjudicando la explotación de juegos de carácter nacional como las apuestas deportivas, quinielas y loterías, entre otros, de manera exclusiva, es decir monopólica, a una sola empresa por el plazo de 5 años”, explicaron los autores del documento.
Agregaron que, desde hace varios años, sectores relacionados a los juegos de azar han manifestado la necesidad de modernizar la ley y así abandonar el régimen monopólico para la adjudicación y explotación de los juegos de azar.
“La dinámica comercial de los juegos de azar se ha desarrollado mucho más rápido que el régimen legal ‘inconstitucional’ que a la fecha rigen los juegos de azar”, detallaron en la exposición de motivos.
“La exclusividad (monopolio) hace que el juego clandestino tenga mayor posibilidad de instalarse en el rubro”, añadieron los legisladores.
En un comunicado de prensa, la Cámara de Diputados informó que la modificación sustancial se produce en el Art. 8º en donde se establece que: “Las concesiones serán otorgadas a los 3 (tres) mejores oferentes presentados como mínimo y que se ajuste a las normas dictadas por la autoridad competente, entre las que se incluirá la facultad de incrementar el canon. Las decisiones de adjudicación de los juegos de azar de carácter nacional requieren la aprobación del Poder Ejecutivo”.
“La actual legislación establece que solo será concesionada a la mejor oferta (uno solo). Las demás modificaciones solo son de forma, de manera a adecuar la literatura que del singular (el oferente), pasa al plural (los oferentes)”, comentaron.
La propuesta legislativa tuvo entrada oficial y fue enviada, para su estudio, a las comisiones de Asuntos Económicos y Financieros; Legislación y Codificación; y a la Comisión de Asuntos Municipales y Departamentales.
Cabe agregar que hace pocos días el diputado Adrián Vaesken ya había adelantado su intención de reformar la Ley N° 1.016/97 y “desmonopolizar la concesión de licencias” y, por tal motivo, se había reunido con Carlos Augusto Liseras, presidente de CONAJZAR, para analizar la idea.