El Consejo de Gobierno de la ciudad española de Murcia aprobó un nuevo régimen con mayor control e intervención en los salones de juego y locales de apuestas, incluyendo sanciones más graves que para el resto de establecimientos públicos, espectáculos y actividades recreativas contempladas en la normativa.
A propuesta de la Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior, el Consejo de Gobierno dio el visto bueno al Decreto-Ley de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos sin título habilitante en la Región de Murcia, informó Europa Press.
En la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Consejo de Gobierno, el portavoz del Gobierno regional, Marcos Ortuño, explicó que la nueva regulación contiene tres novedades fundamentales.
Por un lado, establece el régimen sancionador para actividades recreativas excepcionales o extraordinarias, para las que no lo había. Además, el decreto-ley unifica en un solo texto el régimen sancionador en cuanto a horarios, admisión, aforo y control de accesos, que ya estaba regulado en distintas disposiciones normativas y que ahora se incluye en este decreto.
En tercer lugar, refuerza especialmente la intervención y control de los salones de juego y locales de apuestas. Así, se tipifica como infracción grave el incumplimiento de los horarios para la apertura y cierre de estos establecimientos, considerado por la legislación anterior como infracción leve. Para el resto de establecimientos públicos la apertura o el cierre fuera del horario establecido o autorizado mantiene la consideración como falta leve.
Ortuño recordó que desde 2018 la Comunidad Autónoma no ha dado ningún tipo de autorización para salones de juego. "Lo que puede suceder es que esos salones de juego tuviesen la autorización anterior a esa fecha y tramitaran posteriormente la pertinente licencia municipal en el ayuntamiento de turno", precisó, y aclaró que la entrada en vigor de este decreto no supone ninguna modificación en cuanto a la labor inspectora y de control, que continúa siendo de competencia municipal.
El decreto-ley aprobado consta de 18 artículos, que se estructuran en tres títulos, y de una disposición derogatoria y dos disposiciones finales, y deberá ser convalidado por la Asamblea Regional en un plazo de 30 días desde su promulgación.
Ortuño recordó que es la tercera vez que el Gobierno murciano aprueba un decreto ley sobre esta materia, ya que la primera vez fue en 2019 y la segunda en 2022. En ambos casos, la propuesta no fue convalidada en la Asamblea Regional.
En cuanto a las multas, detallaron que la comisión de una infracción muy grave se sancionará con multa de EUR 30.001 a 500.000; las graves, con multa de EUR 2.001 a 30.000; y las leves, de EUR 300 a 2.000.
Además, podrá imponerse la suspensión temporal de las licencias o autorizaciones o permisos, de hasta un año en caso de infracciones graves y hasta tres años en casos de infracciones muy graves, así como la clausura de locales o establecimientos, hasta un año en caso de infracciones graves y hasta tres años en casos de infracciones muy graves.
También se prevé la inhabilitación para realizar la misma actividad en la que se cometió la infracción, hasta un año en caso de infracciones graves y hasta tres años en casos de infracciones muy graves, e incluso la revocación de la licencia o autorización en casos de infracciones graves y muy graves. Asimismo, en supuestos de reincidencia, la suspensión y clausura podrá ser de hasta dos años para las infracciones graves y hasta cinco años para las infracciones muy graves.