La Unidad de Información Financiera (UIF) de la Argentina comunicó que comienza a regir en el día de hoy, 1 de diciembre, la Resolución UIF 194/2023, que establece las nuevas obligaciones del sector de los juegos de azar. Será aplicable para las personas humanas, nacionales o extranjeras, que, de manera ocasional o habitual, participen de juegos de azar, ya sea de forma presencial o en línea.
Como había adelantado Yogonet, la nueva normativa busca prevenir, detectar y reportar hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT).
La nueva norma, que reemplaza a la Resolución UIF 199/2011, se configuró a partir de lineamientos regulatorios en concordancia con los estándares internacionales, guías y pautas del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Además incorpora ajustes para mitigar los riesgos de LA/FT, en base a la operatividad del sector, el avance tecnológico y las nuevas prácticas desarrolladas en los últimos años.
A partir de la entrada en vigencia, los sujetos obligados del sector deberán presentar el Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos, la declaración de tolerancia al Riesgo y la incorporación de la Revisión Externa Independiente de sus sistemas preventivos.
También tendrán el deber de controlar en forma permanente el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), así como tener un control exhaustivo de los directores, gerentes, empleados y colaboradores propios y tercerizados a fin de verificar su idoneidad e integridad.
Asimismo, la nueva resolución establece la obligación de efectuar Reportes Sistemáticos Anuales, además de los Reportes Sistemáticos Mensuales, e indica supuestos considerados de riesgo alto y señales de alertas orientativas que permiten a los sujetos obligados determinar cuándo corresponde efectuar un Reporte de Operación Sospechosa.
Puede leer la Resolución UIF 194/2023 aquí.