La Autoridad Nacional del Juego (ANJ), entidad reguladora de Francia, anunció que se hizo una revisión exhaustiva de las condiciones impuestas a los usuarios por los operadores de juego y apuestas deportivas online. Añadieron que, tras la investigación, procedieron a eliminar cláusulas identificadas como “problemáticas”.
En un comunicado, señalaron que la “revisión se llevó a cabo con el objetivo de alcanzar un nivel satisfactorio de conformidad legal, antes de cualquier control posterior” y que “no constituye una validación por parte de la ANJ”, ya que “los operadores siguen siendo los únicos responsables de la redacción de su documentación contractual, que no pretende ser normalizada”.
“Esta revisión global y los debates que tuvieron lugar entre los servicios de la ANJ y los operadores condujeron a la supresión de varias cláusulas, algunas de las cuales eran ilegales por su carácter abusivo, mientras que otras eran ambiguas y, por lo tanto, podían plantear dificultades de aplicación”, destacaron.
En ese contexto, detallaron que entre las cláusulas eliminadas están las que “excluyen total o parcialmente la responsabilidad de los operadores, restringiendo así indebidamente el derecho de los jugadores a una indemnización en caso de incumplimiento por parte del operador de juego”.
También las que impiden a los consumidores emprender acciones legales, como las que obligan a los jugadores a presentar un litigio ante un tribunal distinto del de su lugar de residencia. “Independientemente de dónde se encuentre el domicilio social del operador, aunque sea en el extranjero, el jugador debe poder entablar acciones en la jurisdicción de su lugar de residencia”, advirtieron.
A su vez, se eliminaron las “cláusulas que restringen los medios de prueba a disposición de los consumidores” y las que “acorten el plazo de prescripción durante el cual el jugador puede hacer valer sus derechos contra el operador, que en principio es de cinco años”.
Además, se descartaron las “cláusulas que permiten al operador limitar las apuestas de los jugadores sin tener que justificar un motivo legítimo”. Frente a ello, recordaron a los operadores que “limitar las apuestas sin un motivo legítimo puede constituir una negativa a prestar servicios prohibida por el Código de Consumo, o incluso, según las circunstancias, una práctica comercial engañosa”.
Sin embargo, reconocieron que el motivo legítimo, que siempre debe ser probado por el operador, puede basarse en la prevención del juego excesivo o patológico y la protección de los menores; la lucha contra el fraude, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo; o la exposición financiera del operador.
Por último, se eliminaron “las cláusulas susceptibles de frustrar las previsiones de los jugadores, como las que pueden dar lugar, en caso de empate o de clasificación ex-aequo, a que el jugador reciba menos de su apuesta inicial”.
Finalmente, la ANJ resaltó que, tras esta revisión, los operadores corrigieron la mayoría de las cláusulas identificadas, y varios de ellos decidieron revisar completamente sus Condiciones Generales.