La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible un recurso de protección presentado por la Lotería de Concepción en el que acusaba a seis compañías de telecomunicaciones de no bloquear una serie de casas de apuestas online, a las que calificó de operar ilegalmente en Chile.
En una sentencia publicada el 3 de julio, la corte indicó que la acción presentada por la Lotería de Concepción “no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resulta ser la vía idónea al efecto, pudiendo la parte recurrente ejercer los mecanismos que contempla el artículo 36 de la Ley General de Telecomunicaciones”.
Cabe detallar que dicho artículo dispone que las infracciones a las normas de la referida ley “serán sancionadas por el ministro en conformidad a las disposiciones de esta legislación, lo que va desde amonestación hasta la caducidad de la concesión o permiso”.
En respuesta, la Lotería de Concepción presentó un recurso de reposición para que la Corte de Santiago reevalúe su pedido. En caso sea rechazado nuevamente, interpondrán un recurso de apelación ante la Corte Suprema chilena.
En septiembre de 2023, la Tercera Sala de la Corte Suprema de Chile emitió un fallo en el que declaró ilegales las casas de apuestas online que operan en ese país y, en línea con ello, ordenó bloquear el acceso a más de 20 plataformas de iGaming a través de la empresa de telecomunicaciones Mundo Pacífico.
En su primer recurso, la Lotería de Concepción acusaba que las empresas Claro Chile, Entel, GTD, Telefónica Chile, WOM y VTR habían “incurrido en un actuar ilegal y arbitrario, al no bloquear de su tráfico los sitios web que ofrecen servicios de apuestas y juegos de azar”.
“Frente al hecho innegable que los juegos de azar en nuestro país se encuentran prohibidos, y que sólo ciertos entes son acreedores del beneplácito legal para ejercer dichas actividades, entre ellos Lotería de Concepción, se torna imperiosa la necesidad de poner fin a la actividad ilícita desarrollada por ciertos entes que ofrecen sus servicios de apuestas a través de los proveedores de internet recurridos”, cuestionaban en su recurso.
En línea con ello, criticaron que las empresas de telecomunicaciones no hayan atendido su pedido de bloquear a los operadores online o que, “haciéndolo, se asilan en que no han recibido orden administrativa o judicial para proceder en dicho sentido, aun cuando fallos pronunciados en la materia han puesto de relieve la obligación de los diversos proveedores de internet de efectuar el bloqueo de dichos sitios”.