La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de República Dominicana emitió una sentencia a favor de Loteka, en la que resolvió que los billetes de lotería que sean adquiridos tras la realización de los sorteos en los que participan no podrán, eventualmente, cobrar los premios que ganen.
La sentencia SCJ-PS-22-1407, emitida el 29 de abril de 2022, se refirió a un caso del 2011, cuando cinco personas adquirieron billetes de Loteka para el sorteo del 1 de enero de ese año, luego de haberse realizado el juego, y resultaron ganadores.
Al no habérseles entregado el premio de 700 mil pesos dominicanos (unos USD 12,8 mil), las personas interpusieron una primera demanda contra ante la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual falló a favor de Loteka en 2013.
Posteriormente, apelaron el fallo ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que en 2015 les dio la razón. En tanto, la sentencia reciente de la Suprema Corte de Justicia se da a partir de la apelación presentada por Loteka.
En el fallo de casación, se indica que “resulta impropio que los accionantes se beneficien de un sorteo de lotería mediante la compra de unos tickets que fueron emitidos posterior a la realización del juego al azar en cuestión, lo cual elimina justamente el carácter ‘aleatorio’ de dicho juego, en tanto que ya habían sido anunciados los ganadores”.
Finalmente, la sentencia agrega: “Las compras de los tickets en el caso que nos ocupa no podían considerarse como válidos por el momento en que fueron adquiridos, máxime cuando la alzada verificó que la compañía de juegos emitió un comunicado invitando a los clientes que compraron después del sorteo a pasar por la oficina para retornarles su dinero de la compra”.